Openges
Me han denegado el pago único ¿Puedo volver a solicitarlo?

Me han denegado el pago único ¿Puedo volver a solicitarlo?

10 de septiembre de 2024
Me han denegado el pago único ¿Puedo volver a solicitarlo?

El pago único del desempleo es una gran opción para muchas personas que quieren emprender, ya que te permite recibir toda la prestación por desempleo a la que tienes derecho en un único pago.

Con ese dinero se puede invertir en todo lo necesario para el negocio que se va a poner en marcha. Pero, puede ocurrir que la solicitud del pago único sea denegada… ¿y ahora qué?

¿Por qué me han denegado el pago único del paro?

Lo primero es entender el motivo que ha llevado al Servicio Público de Empleo Estatal a rechazar la solicitud.

Los motivos más habituales por los que se suele denegar el pago único del paro son:

  • Tu alta en el RETA se tramitó antes de la solicitud del pago único. El orden en el que hagas los pasos, en este caso, sí que importa. Debes solicitar el pago único antes de ser autónomo. 
  • Se ha solicitado el pago único mientras estabas impugnando tu despido. Si aún estás pendiente de un juicio por reclamación de tu despido tampoco puedes solicitar el pago único.
  • Tienes disponibles menos de 3 mensualidades del paro por cobrar. En caso de haber sido autónomo, son 6. Si tienes derecho a menos de eso, tu solicitud será denegada.  
  • Has capitalizado el paro en los 4 años anteriores a la solicitud. No ha pasado el tiempo suficiente para poder optar a este derecho y por eso se te ha denegado.
  • No has superado el período de prueba como socio en una cooperativa. Te exigen que lo hayas pasado para evitar el ingreso del importe total y su posterior devolución por dejar de cumplir los requisitos.  

Pueden existir otros motivos pero, en cualquier caso, si te han denegado el pago único seguro que te surgen muchas dudas… ¿presento la solicitud de pago único de nuevo? ¿Cómo es el procedimiento? ¿Qué plazo tengo que esperar para que me respondan? O... ¿acaso podría reclamarlo?

¿Puedo reclamar si me deniegan el pago único del desempleo?

Una vez que ya tienes claro los motivos que pueden llevar a la denegación de la prestación del pago único de desempleo, vamos a ver qué puedes hacer.

Si se da el caso de que no estás de acuerdo con la resolución de tu solicitud de prestación por desempleo en pago único, puedes presentar una reclamación previa ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El plazo para hacerlo es el siguiente:

  • Treinta días para las notificaciones de resolución expresa. Es decir, cuando sea el mismo SEPE el que te diga que te deniega la prestación.
  • Tres meses desde que presentaste la solicitud si no has recibido notificación. Se entiende denegada por silencio administrativo, al transcurrir el plazo máximo en el que puede contestar el SEPE.  

La reclamación se presenta por escrito, incluyendo los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos.
  • Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Dirección a efectos de notificaciones. Este dato, sólo en caso de ser distinta a la que se indicó en la solicitud de la prestación. 
  • Acto que quieres recurrir. Es decir, la denegación de la concesión del pago único. 
  • Razón de su impugnación. Explicando que cumples los requisitos y que se ha denegado sin motivo aparente. 
  • Lugar, fecha y firma.  
  • Órgano, centro o unidad administrativa a la que diriges dicha reclamación.   

Al escrito de reclamación, podrás y deberás acompañar toda la documentación que creas que pueda ayudar a justificar los motivos por los que no estás de acuerdo con la respuesta negativa.

La respuesta a esta reclamación deberá hacerla el SEPE, en el plazo máximo de cuarenta y cinco días. Si ha pasado este tiempo y no has recibido una resolución expresa, se entiende denegada por silencio administrativo.

Si la respuesta a tu reclamación ha sido negativa, sea expresa o no, puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social que te pertenezca según tu residencia.

El plazo para hacerlo es de treinta días desde que se haya denegado la reclamación. Si ha sido expresa se contará desde la notificación y si no, desde el día en que se dé por denegada por silencio administrativo.

¿Puedo volver a solicitar el pago único?

Como ya te he explicado en el punto anterior, el procedimiento consiste en solicitarlo, recibir respuesta y reclamar en caso de que no estés de acuerdo con la resolución.

No será necesario volver a solicitarlo, sino comunicar al SEPE el motivo del desacuerdo, y justificarlo con la documentación.

Asesoría autónomos

El SEPE revisará la documentación aportada y la nueva información, y volverá a resolver concediendo o denegando el pago único.

Podrás volver a solicitar el pago único si el motivo de la denegación es correcto, y debes dejar transcurrir tiempo o llevar a cabo alguna acción que haga que cumplas con todos los requisitos para percibirlo.

Por ejemplo, que no hayan transcurrido los cuatro años requeridos o que te encuentres en medio de un proceso de impugnación de despido.

Ahora ya sabes los principales motivos por los que te pueden denegar el pago único y qué puedes hacer si eso ocurre.

¡Ten en cuenta! La presentación de la reclamación acompañada de la documentación justificativa oportuna suele ser suficiente en la mayoría de los casos.

Para éstos y otros trámites relacionados con tu negocio, lo mejor es contar con una asesoría como Openges. Así, tendrás un equipo de profesionales a tu disposición para todas las dudas y consultas que necesites.