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Un trabajador empieza a notar que ya no le invitan a las reuniones importantes. Las tareas interesantes se las dan a otros. Los reconocimientos desaparecen, los aumentos no llegan y, poco a poco, su presencia en la empresa se va volviendo invisible. Nadie le ha dicho que se vaya, pero todo en su día a día le está diciendo que sobra.
Esto se conoce como despido silencioso, y es una práctica que consiste en deteriorar de forma deliberada las condiciones laborales de un trabajador para forzar una renuncia voluntaria.
Te explico qué peligros supone para tu empresa llevar este tipo de práctica a cabo… 😥
No hay una "carta" que avise. El despido silencioso se construye con pequeñas acciones acumuladas en el tiempo. Estas son las más habituales:
Cada acción aislada puede parecer poca cosa, pero sumadas configuran un patrón claro de hostigamiento laboral encubierto.
Las motivaciones suelen ser dos:
A veces hay una motivación clara y deliberada. Pero muchas veces el despido silencioso ocurre sin que la empresa sea plenamente consciente de ello: porque no se sabe cómo gestionar una salida, porque el conflicto se ha conquistado o porque se piensa que "ya se irá solo".
⚠️ Ese desconocimiento no exime de responsabilidad. A ojos de la ley, el resultado es el mismo: una conducta empresarial que vulnera los derechos del trabajador.
Respuesta corta: no.
Respuesta larga: el despido silencioso, cuando se prueba, vulnera varios derechos protegidos por la normativa laboral española y europea. Y la jurisprudencia de los tribunales sociales ha comenzado a calificarlo de forma muy contundente:
Es decir, lo que la empresa pretendía evitar (pagar la indemnización), acaba pagándolo igualmente y, en muchos casos, con un coste mayor.
Estos son los principales escenarios a los que se enfrenta una empresa cuando un trabajador demuestra que ha sido víctima de despido silencioso:
Si el trabajador prueba que la empresa ha incumplido gravemente sus obligaciones (entre ellas, la modificación sustancial de sus condiciones o el deterioro de su dignidad), puede solicitar al juzgado la extinción del contrato con derecho a indemnización de despido improcedente: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Es decir, la empresa paga lo mismo que si hubiera reconocido el despido improcedente, pero después de un juicio, con costos legales asociados y desgaste.
Si se acredita acoso laboral o vulneración de derechos fundamentales, el juez puede imponer indemnizaciones adicionales por daños morales y materiales, que pueden ir de unas pocas millas a varias decenas de millas de euros.
Si la empresa termina formalizando el despido tras un período de despido silencioso, el trabajador puede solicitar la nulidad alegando vulneración de derechos fundamentales. Si se declara nulo:
La Inspección de Trabajo puede sancionar a la empresa por infracciones muy graves (artículo 8 LISOS) con multas que oscilan entre 7.500 € y 225.018 € en función de la gravedad.
Más allá de lo económico, el despido silencioso afecta a la empresa en varios frentes:
Cuando una relación laboral no funciona, hay varios caminos legales y mucho más seguros que el despido silencioso:
Si el problema es el rendimiento, lo correcto es documentar objetivos, dar retroalimentación formal y dar oportunidades reales de mejora. Un Plan de Mejora del Desempeño, hecho con criterio, sirve tanto para reconducir la situación como para sustentar un eventual despido objetivo si no hay mejora.
Cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, ineptitud sobrevenida o falta de adaptación (artículo 52 ET), el despido objetivo permite una salida con 20 días por año trabajado y un procedimiento más asumible.
Cuando hay incumplimientos graves y culpables (faltas reiteradas, indisciplinas, ofensas, etc.), se puede ejecutar un despido disciplinario sin indemnización, siempre que se documente bien la causa.
Una salida acordada entre las partes, con indemnización negociada, permite cerrar la relación sin litigio. Es una vía muy útil cuando ambas partes prefieren acabar la relación, y el trabajador puede acceder al paro. Te lo cuento en detalle en este post sobre el despido pactado.
El artículo 49.1.a del Estatuto permite extinguir el contrato por acuerdo de voluntades, sin indemnización legal mínima, aunque puede pactar una. Atención: esta vía no da derecho a prestación por desempleo, por lo que pocas veces es aceptable para el trabajador sin compensación.
Si se necesita reorganizar funciones, horarios o ubicación, hay que hacerlo siguiendo los procedimientos legales (artículos 40 y 41 ET) con sus plazos, causas justificadas y comunicaciones formales. Cambiarlas de forma encubierta para "presionar" entrada de lleno en el despido silencioso.
No todas las empresas que incurren en despido silencioso lo hacen de forma consciente. Estos son los puntos de control que ayudan a prevenirlo:
La mayoría de los casos de despido silencioso que terminan en juzgado se podrían haber resuelto con una buena conversación a tiempo y un proceso formal limpio.
Habitualmente con pruebas indirectas acumuladas: correos, comparativas de cargas de trabajo, evaluaciones de rendimiento previas y posteriores, testimonios de compañeros, cambios de funciones documentados, etc. Cuanto más patrón haya, más fácil de probar.
Depende del salario y antigüedad, pero un caso medio puede suponer entre 20.000 y 80.000 € entre indemnización, salarios de tramitación, daños morales y costes legales. Casos graves con sanción administrativa añadida pueden multiplicar esa cifra.
Sí, si la empresa puede acreditar que sus decisiones tienen justificación objetiva y profesional como bajada documentada de rendimiento, reorganización empresarial real, cambio de necesidades del puesto, etc. La clave está en la documentación y en haber seguido procedimientos formales.
Una renuncia formal no impide al trabajador exigir a posteriori si puede probar que la causa real fue una conducta empresarial vulneradora. El consentimiento viciado por presión sostenida no es válido legalmente.
Si. Toda empresa, con independencia de su tamaño, está obligada a contar con un protocolo de prevención y actuación frente al acoso laboral, conforme a la normativa de prevención de riesgos laborales ya la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva.
Si tu empresa tiene que separarse de un trabajador y quieres hacerlo de la forma más limpia, segura y económicamente predecible, en Openges podrás ayudarte.