Openges

¿Puedo tener un familiar colaborador sin sueldo en mi negocio?

22 de julio de 2025
Familiar colaborador sin sueldo

Llevar un negocio es muy duro, así que no es raro que algún familiar venga de vez en cuando de forma desinteresada a echarte una mano para descargarte un poco de trabajo. Eso sí, ¿es legal tener a un familiar colaborador sin sueldo en la empresa? 🙄

Esta es una duda muy común entre los autónomos o pequeños empresarios. Si ese es tu caso en este artículo te voy a hablar de cuándo puede un familiar ayudar en tu negocio y si tienes que pagarle o darle de alta como trabajador.

¿Puede tu familiar ayudar en el negocio sin cobrar?

No me ando por las ramas: sí, puede. Pero si eres lector habitual de este blog ya sabes que en todas estas cosas laborales la respuesta correcta siempre es: sí, puede… en ciertos casos.

Vamos a ver, es legal que tu familiar venga a echarte una mano de forma puntual sin que tengas que pagarle o darle de alta en la Seguridad Social. 

Lo que no puedes hacer es que tu familiar trabaje de forma habitual en el negocio sin estar dado de alta o recibir alguna retribución por ello.

La clave para saber si estás haciendo las cosas bien es la frecuencia y continuidad con la que esa persona colabora en la empresa.

Aclarando las cosas:

Ayuda puntual de tu familiar en la empresa

Tu hijo viene una tarde a echarte una mano para ordenar el almacén. Como se considera una colaboración puntual y desinteresada no tienes que hacerle contrato y tampoco hay que darle de alta en ninguna parte.

Aquí está todo perfecto, es totalmente legal y está contemplado por la normativa. La Administración entiende que se trata de un favor entre familiares y no exige ningún papeleo ni pago.

Colaboración habitual en tu negocio

Aquí ya hay que tener cuidado. Si la ayuda deja de ser puntual y tu hijo viene a trabajar todos los días o varias veces a la semana haciendo tareas propias del negocio, aunque no cobre ya se considera que tenéis una relación laboral o profesional.

En este caso ya entran en juego las obligaciones y tienes que formalizar la colaboración.

¿Y si no doy de alta a mi familiar colaborador?

Puedes tener problemas. Imagina que llega una inspección de trabajo y ven que tienes a alguien trabajando de forma habitual y sin un contrato o el alta en la Seguridad Social. 

Las sanciones son cuantiosas y no solo eso, también te pueden hacer pagar las cuotas atrasadas.

Es por eso que desde aquí yo te aconsejo hacer las cosas bien porque a veces, por ahorrarte unos euros, acabas metido en líos con Hacienda, y eso es mejor evitarlo.

Asesoría autónomos

¿Qué es un autónomo familiar colaborador?

El autónomo familiar colaborador sin sueldo es una persona con la que te une un parentesco y que colabora habitualmente contigo en el negocio. 

En este caso, la forma correcta de regularizar la situación y evitar problemas es darle de alta como autónomo colaborador.

Esta figura está pensada para parejas, hijos, hermanos u otros familiares cercanos de hasta segundo grado, que convivan contigo y trabajen de forma estable en tu empresa sin estar como asalariados en otra. 

Se diferencia de un autónomo normal en que:

  • No tiene que emitir facturas.
  • No tiene que presentar las declaraciones trimestrales ni anuales de IVA e IRPF.

A nivel fiscal es más parecido a un trabajador por cuenta ajena porque tributa como asalariado. Hay múltiples casos y no se sigue una norma fija para esta figura porque depende mucho de la situación profesional pero, en general podemos decir que:

  • Si el familiar solo hace sustituciones y no tiene una jornada definida debe cotizar obligatoriamente en el RETA pero no necesita darse de alta en Hacienda. Esto quiere decir que no tendrá que declarar sus ingresos.
  • Si, por otra parte, está integrado dentro de la empresa y tiene una jornada, tareas y responsabilidades asignadas, independientemente de la cotización en el RETA, este familiar tendrá que cobrar un salario de forma regular y por ello debería tener nómina y declarar sus ingresos.

¿Puedo tener un familiar colaborador sin sueldo?

No, una vez que se establece como familiar colaborador debe cobrar. Aunque sea parte de la familia y no se requiera un salario establecido como tal, la ley sí que exige que se le dé una retribución razonable por el trabajo que está haciendo.

Para ti, como autónomo titular darle esta retribución a tu familiar tiene ventajas ya que puedes deducírtela como si fuera un gasto en tu declaración del IRPF y también puedes hacer lo mismo con las cuotas que pagues por su cotización a la Seguridad Social.

Si decides no pagarle nada ten mucho cuidado porque Hacienda puede considerar que estás encubriendo una relación laboral o que tratas de reducir tu factura fiscal de forma fraudulenta. Como siempre, si esto pasa te llegarán multas y sanciones.

¿Tiene alguna ventaja para el familiar darse de alta como colaborador?

La Administración no es tonta y sabe cómo incentivar que las cosas se hagan legalmente. Así, la figura del autónomo familiar colaborador ofrece algunas bonificaciones interesantes:

  • La reducción del 50 % de la cuota de autónomos durante los primeros 18 meses de actividad.
  • Reducción del 25 % durante los 6 meses siguientes.
  • No exige la presentación del IVA y el IRPF.
  • Ofrece seguridad ante una inspección o auditoría de Hacienda.

Para que quede todo claro: puedes contar con un familiar colaborador sin sueldo en tu empresa, pero hay que hacer las cosas bien desde un principio para evitar sustos con Hacienda. 

Si tienes dudas, no te líes con los papeleos y las diferentes figuras legales. Confía en Openges para que te ayuden a valorar el caso específico de tu empresa y te lleven toda la parte de burocracia sin que tengas que meterte tú en complicaciones. 

Tener ayuda de casa es maravilloso, pero tenerla de una forma legal y segura… ¡da mucha más tranquilidad! 

Categoría

Emprender
Contacta via Whatsapp con Openges