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En un negocio, cuando se compra maquinaria, equipamiento informático, mobiliario etc., –en general, bienes que se van a usar durante mucho tiempo– no basta con apuntar el gasto en contabilidad y ya está. Habrá que amortizarlos.
Para hacerlo correctamente, vas a tener que saber cuándo se amortizan los bienes, si existen límites legales o si se hace de golpe o en varios ejercicios.
Por eso, en este artículo te cuento todo lo que tienes que saber para que no te hagas un lío y te metas en problemas con Hacienda.
La amortización de un activo es el reflejo contable de la pérdida de valor que sufre un bien a lo largo del tiempo.
En concreto, el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades define la amortización como la “expresión contable de la depreciación efectiva sufrida por los distintos elementos del inmovilizado, como consecuencia de su funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia”.
Por ejemplo, cuando compras un ordenador, sabes que poco a poco irá perdiendo valor: por el uso, porque se queda obsoleto frente a los nuevos modelos o porque su vida útil se agota.
En contabilidad, no se puede restar todo el valor de un bien de golpe, salvo excepciones muy concretas. Por eso, el coste se debe repartir a lo largo de los ejercicios en los que vayas utilizando el bien y que suelen coincidir con su vida útil.
Dicho esto, la amortización de activos tiene dos funciones principales:
En otras palabras, la amortización es la forma legal de reconocer que nada es eterno, ni siquiera tus activos. Por eso, es necesario ajustar tus cuentas al valor real de tus activos.
Esto de amortizar está muy bien cuando hablamos de gastos, pero debes tener en cuenta que en contabilidad y fiscalidad no todo se trata de igual manera.
Hay algunas compras que te las puedes deducir como un gasto directo en el mismo año, mientras otras debes amortizarlas obligatoriamente en varios ejercicios debido a su valor y duración.
Para saber qué tienes que hacer y cómo hacerlo, debes tener presente la normativa que lo regula:
Aquí, de nuevo el artículo 12 de la LIS es el que te indica que los bienes que están obligados a amortizarse son los que:
Es decir, si compras algo necesario para tu negocio que te va a durar más de un año, tienes que amortizarlo.
A este tipo de bienes que necesitas para desarrollar tu actividad y que “duran” más de un ejercicio, se les llama también inmovilizados y pueden ser de dos tipos:
Cada tipo de activo va a tener su propio período de amortización, en unos será más largo, en otros durarán menos…
Pero, como te dije, la normativa es clara: si dura más de un año, hay que amortizar.
👉 Ahora bien, otro punto a tener en cuenta es el coste del bien porque, a veces, este puede durar mucho tiempo y el gasto realizado ha sido mínimo. En estos casos hay que valorar si tiene sentido amortizar el importe y durante cuánto tiempo hacerlo.
Por último, la amortización de los activos es para todos igual, es decir, que da lo mismo que seas un autónomo o una empresa. El activo es el mismo para todos y, por tanto, su amortización también.
Antes de ponerte a amortizar todo lo que tienes, lo primero que debes tener claro es a partir de qué importe y en qué condiciones un bien se considera inmovilizado para amortizarlo.
Para considerar que un bien es un inmovilizado tiene que cumplir dos condiciones ya mencionadas:
Con respecto al importe, no hay una cantidad que determine que sea o no un inmovilizado, pero sí que debemos de tenerlo en cuenta porque se amortiza de manera diferente, como veremos con más detalle más adelante.
Por ejemplo: si compras un ordenador de 2000 € y una impresora de 200 €. Ambos son inmovilizados, pero como la impresora tiene un valor muy bajo, la amortización se aplicará de otra forma.
Para poder orientarte mejor sobre cómo tienes que amortizar un activo, puedes tener en cuenta los siguientes tipos de depreciación de los bienes:
Ahora bien, es importante que tengas presente que la amortización contable no es lo mismo que la amortización fiscal, porque no siempre coinciden:
En la práctica, lo normal es que intentes ajustar tu amortización contable a la fiscal para no presentar diferencias entre tus cuentas y declaraciones, ya que esto puede suponer un problema.
Para poder regular todo esto y establecer unos límites máximos de amortización, tanto de tiempo como de importe, Hacienda tiene unas tablas que, aunque no se meten en cómo es la depreciación, sí que reflejan la vida útil típica de un activo.
De esta forma, vas a poder ver en un solo vistazo lo que vas a amortizar como máximo cada año y el número de años que vas a poder hacerlo.
Aquí te muestro lo que una tabla para los ejemplos más comunes dentro de un negocio:
Activo | Coeficiente máximo | Años máximos |
Ordenadores / equipos informáticos | 25 % | 8 años |
Vehículos de turismo | 16 % | 14 años |
Maquinaria | 12 % | 18 años |
Mobiliario | 10 % | 20 años |
Construcciones (edificios) | 3 % | 68 años |
La tabla es más larga y puedes consultarla en la página de la AEAT coeficientes de amortización lineal.
Entonces, retomando el ejemplo de antes de la compra de un ordenador y una impresora, el ordenador podrás amortizarlo como máximo en 8 años o, si prefieres amortizarlo al 25% anual, lo harás durante 4 y terminarás antes.
En el caso de los bienes de escaso valor, como el de la impresora del ejemplo, claramente se ve que no merece la pena amortizarla de la misma forma que un activo de mayor importe.
Aquí es donde la Administración ha previsto un tratamiento especial para estos casos, estableciendo un límite económico para la amortización de estos bienes.
Según la Ley del Impuesto sobre Sociedades y las tablas de amortización de la AEAT hay dos cosas que determinan que un bien sea de escaso valor y se acoja al tratamiento especial de amortización.
El tratamiento especial del que hablamos es que no vas a tener que amortizar el gasto en varios ejercicios, lo que vas a poder hacer es deducir todo el gasto dentro del año de compra.
Esto tiene la ventaja de que vas a poder reducir aún más la base imponible y los impuestos de ese ejercicio.
Entonces, la impresora de 200 € que adquiriste se deducirá como gasto íntegro ese mismo año.
Si, además, hubieras comprado, por ejemplo, 5 sillas a 250 € cada una, también vas a poder deducirlas de la misma forma, ya que:
En definitiva, con este tratamiento de libertad de amortización para los bienes de escaso valor se busca simplificar la gestión administrativa y dar flexibilidad a empresas y a autónomos en compras de bajo valor.
La norma dice que si el bien cuesta menos de 300 €, puedes amortizarlo de golpe, pero si compras un gran volumen y superas el límite máximo del conjunto, vas a tener que hacer lo siguiente:
Imagínate que, en lugar de comprar solo 5 sillas, tienes que equipar una sala de conferencias y, al final, el importe total asciende a 30.000 €. Entonces, la amortización quedaría de la siguiente forma:
Activo | Coeficiente máximo | Años máximos |
Mobiliario | 10 % | 20 años |
Con lo que, si aplicas el porcentaje máximo, podrás deducirte 500 € al año durante 10 años.
En conclusión, cuando superas el límite de 25.000 €, no pierdes el exceso, simplemente se convierte en activo amortizable siguiendo los porcentajes de las tablas oficiales.
💡 Como consejo final, para poder aplicar esta libertad de amortización para los bienes de escaso valor, vas a tener que acreditarla frente a Hacienda. Por eso, tiene que conservar las facturas por si acaso deciden revisar tu declaración.
Cuando compras un solo activo, la factura será individual, pero si compras varios de golpe, asegúrate de que en la factura se especifique bien el precio por unidad.
La amortización no es solamente un trámite contable, es una herramienta contable que bien aplicada, te ayuda a pagar menos impuestos y a llevar tus cuentas en orden.
Hacer la amortización de tus activos puede parecer un lío de tablas y normas, pero si cuentas con un asesor experto, como los de Openges, tendrás la seguridad de poder tomar decisiones financieras con los datos fiables y la información correcta.