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¿Un autónomo puede contratar a otro autónomo?

¿Un autónomo puede contratar a otro autónomo?

27 de septiembre de 2024
¿Un autónomo puede contratar a otro autónomo?

La necesidad de contratar personal puede surgirle a cualquier emprendedor sea por la causa que sea.

La contratación de trabajadores por cuenta ajena requiere una serie de condiciones que para un autónomo pueden ser algo complicados.

💡Si estás en esta situación, y se te ha encendido la bombilla pensando en contratar a otro autónomo para solucionar todos tus problemas, te cuento si es posible o no. ¡Allá vamos!

¿Es posible que un autónomo contrate a otro?

. Si eres autónomo puedes contratar a otro.

¡Ojito con esto! Porque tienes que tener en cuenta ciertos aspectos cuando vayas a hacerlo.

No es lo mismo un contrato por cuenta ajena con un trabajador asalariado, que contratar a un autónomo. 

Tranquilo que vamos a verlo detenidamente.

¿Qué tipo de contrato se hace en estos casos?

Aunque no sea lo mismo que tener en nómina a un trabajador por cuenta ajena, debe existir un contrato entre las partes. En él se van a detallar los servicios prestados, horarios, precio, forma de pago y cualquier otro elemento que una o ambas partes quieran que quede por escrito.

Pero, como estás contratando a un autónomo en lugar de a un trabajador, no se hace un contrato laboral. El contrato que habrá que firmar es un contrato mercantil de prestación de servicios.

Esto es así, porque realmente el autónomo al que contratas no va a ser tu empleado. Por lo que no tendrá que seguir tus órdenes, y esperar a que le pagues tú las cotizaciones a la Seguridad Social.

El autónomo contratado realizará los servicios que acordéis, y tú serás su cliente. Emitirá una factura, según lo establecido en contrato, y tú le pagarás según lo acordado.

Bueno, bueno…¡Vaya lío! Si no tienes ni idea de cómo funciona el contrato mercantil. No te preocupes, deja que te lo explique. 😉 

Asesoría autónomos

Características del contrato mercantil

Los contratos mercantiles pueden hacerse verbalmente o por escrito, aunque aporta más seguridad la segunda opción.

Cuando se redacten contratos mercantiles es recomendable que se incluya lo siguiente:

  • La identificación de ambas partes. Imprescindible el nombre fiscal, NIF y domicilio fiscal.
  • El objeto del contrato. Es decir, qué es lo que se pretende hacer con el acuerdo.
  • Las obligaciones que cada parte se compromete a asumir. Normalmente una prestará unos servicios determinados y la otra pagará por ello.
  • Consecuencias del incumpliendo de las obligaciones. Si habrá sanciones económicas u otro tipo de penalización.
  • La duración del contrato, con fecha de inicio y de fin.
  • El precio total, la forma de pago y los plazos.
  • El horario de trabajo, cuando se estipule el horario concreto.     

No será necesario inscribir el contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), salvo que sea un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente, como veremos a continuación.

Casos especiales de autónomos contratados por autónomos

En la contratación de un autónomo por parte de otro autónomo existen dos situaciones que tienen unas características especiales: los TRADE y los autónomos colaboradores.

Contratar a Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE)

Cuando un autónomo contrata a otro y los ingresos que obtiene de él son el 75% o más del total de su facturación, se considera que es económicamente dependiente y se trata algo distinto al resto de autónomos.

El contrato mercantil entre ambas partes tendrá que registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (TRADE). Así, el autónomo contratado sería un TRADE, esto es, trabajador autónomo económicamente dependiente.

Esta situación es habitual en muchos casos y, por eso, es importante conocerla.

Los TRADE, aunque sean económicamente dependientes, siguen siendo autónomos. Esto significa que trabajan con sus propios medios, facturan y trabajan en el horario que ellos establezcan.

Contratar a autónomos colaboradores

Un autónomo colaborador es un familiar de un autónomo titular de un negocio. Este familiar convive con él y trabaja en la misma actividad para sacarla adelante.

Es obligatorio que estos familiares que ayudan en el negocio estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para poder hacerlo.

Los familiares que se encuentran en esta situación son los de hasta un segundo grado de consanguinidad o adopción, es decir: cónyuge, hijos, nietos, padres, hermanos, abuelos, cuñados y suegros.

Los autónomos colaboradores tienen la particularidad de ser considerados autónomos por la Seguridad Social, ya que pagan su cuota de autónomos; pero trabajadores asalariados para la Agencia Tributaria, pues sus ingresos son rendimientos del trabajo.

Ejemplos de autónomos que contratan a otros autónomos

Existen algunos sectores donde es muy habitual la contratación de autónomos para la prestación de ciertos servicios:

  • Construcción. Puede que no se tenga en plantilla a un electricista, sino que se haga un contrato mercantil con un autónomo profesional que haga este tipo de trabajos.
  • Inmobiliaria. Suele ocurrir que se firman acuerdos mercantiles con comerciales profesionales para la venta de propiedades, o la búsqueda de nuevos inmuebles con los que trabajar.
  • Diseño gráfico. Es una profesión que puede ser contratada mediante una relación mercantil con cualquier tipo de empresa. El trabajador por cuenta propia prestará sus servicios de diseño según lo acordado en el contrato con el autónomo.     

Un autónomo puede contratar a otro. Esto es un hecho. Si crees que es la mejor opción para tu negocio, cumple con todo lo que te he comentado y no te comas más la cabeza. 

Y si necesitas ayuda en la redacción de un contrato mercantil o tienes dudas de si puedes hacer o no hacer algunas cosas, cuenta con profesionales. En Openges podrán asesorarte y guiarte con todo lo que necesites en tu negocio. No dudes en dejarles a ellos todo el papeleo, lo agradecerás. 😎