Openges

Cómo darse de baja como autónomo online

11 de agosto de 2020
darse de baja como autónomo online

¿Quieres darte de baja como trabajador por cuenta propia y no tienes tiempo para acudir a una oficina de la Seguridad Social?

No te preocupes, a continuación te mostramos qué hacer para darse de baja como autónomo online.

Requisitos para darte de baja como autónomo

En primer lugar tenemos que tener en cuenta que para tramitar tu baja como autónomo, debes de estar en paz con la Administración Pública. Me refiero a no tener deudas. 

En segundo lugar, si has cotizado por lo menos durante un año y quieres acceder a la prestación por cese de actividad, debes de justificarlo.

Por último, si eres autónomo y a la misma vez administrador de una sociedad, deberás de redactar un documento público en el que expliques los motivos por los que quieres darte de baja como trabajador por cuenta propia. 

Cómo darse de baja de autónomos online paso a paso

El proceso para darte de baja como autónomo es bastante sencillo, aunque existen algunos detalles que tienes que conocer para no liarte y que la baja se haga de forma adecuada.

Baja en Hacienda

Lo primero que tienes que hacer es darte de baja en el censo de actividades económicas; es decir, en Hacienda. Podría decirse que el censo de actividades económicas es la vía legal que tiene Hacienda para controlar la actividad y los impuestos de cada trabajador. Tienes que estar inscrito para poder realizar cualquier actividad económica, aunque sea puntual; eso sí, esto no tiene ningún coste.

Para tramitar la baja tienes que rellenar y presentar el modelo 037 de la Agencia Tributaria, puedes hacerlo online para no tener que acudir a ninguna oficina; para ello, necesitas registrarte con tu certificado, DNI electrónico o con la Cl@ve PIN.

Cuando ya tengas el modelo en tu poder, debes seleccionar la casilla 150 y señalar la fecha en la que quieres hacer efectiva tu baja como autónomo; es decir, cuándo vas a dejar de realizar tu actividad profesional.

Baja en la Seguridad Social

Cuando hayas presentado el modelo 037 para tu baja en Hacienda, debes tramitar tu baja en el RETA. Además, puedes hacerlo rellenando el modelo TA.0521-V por Internet, para no tener que acudir a la oficina.

Para ello, tienes que entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social e ir al apartado “Ciudadanos”. Después tienes que clicar en “Afiliación e inscripción” y, seguido, “Baja de trabajador en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)”.

Cuando ya estés en el apartado, podrás tramitarlo con certificado digital, Usuario + contraseña, o sistema Cl@ave. Debes rellenar la información, introduciendo la fecha efectiva de la baja, así como el motivo. Después solo tienes que seleccionar en “Confirmar” y la web generará un PDF que es preferible que guardes como justificante.

Aspectos a tener en cuenta

A continuación te mostramos algunos aspectos a tener en cuenta si vas a darte de baja de autónomo online:

  • Espera entre 24 y 72 horas para verificar tu baja en la Sede Electrónica de Hacienda.
  • Desde el cese de la actividad, suele tardar 3 días naturales en formalizarse la baja en la Seguridad Social.

¿Qué pasa si no te das de baja?

Si no presentas la baja de autónomos en la Seguridad Social, la administración te puede obligar a pagar la cuota correspondiente hasta que la baja sea efectiva; además, puede suponer una sanción leve con un importe que va desde los 60 hasta los 625 euros.

Lo mejor es que te pongas en manos de profesionales, como los que trabajan en nuestra asesoría online, para que se encarguen de tramitar tu baja como autónomo. En definitiva, darte de baja como autónomo por Internet es posible y no necesitas acudir a la oficina para tramitarlo.

¿Mantienes alguna obligación tras darte de baja?

Desgraciadamente, la respuesta es SÍ. Te hago una lista con las obligaciones que te quedarían después de haber tramitado tu baja como autónomo para que te hagas una idea.

  • A nivel fiscal, presentar los modelos trimestrales que correspondan al IRPF y el IVA del tiempo que has trabajado. 
  • Presentar los modelos anuales a final del año. 
  • Guardar las facturas emitidas y recibidas, los albaranes y los justificantes de pago. 

Categoría

Emprender