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Cuando pagas una nómina, el salario "puro y duro" es solo una parte de lo que cobrará tu trabajador. Existen otros conceptos como pluses, incentivos, dietas, complementos salariales y extrasalariales que consiguen subir la cifra final 😱
¡Ojo! No todos significan lo mismo y tampoco son iguales a los ojos de la ley. Y si no lo tienes claro, es fácil meter la pata cuando calculas costes, negocias condiciones o revisas que hayas hecho bien la nómina...
Pero para eso estoy aquí. Te voy lo voy a explicar todo dejándolo más claro que el agua jeje
En una nómina puede haber diferentes tipos de ingresos:
Todos estos conceptos aparecen en la nómina dentro del bloque de devengos, es decir, lo que vas a cobras antes de aplicar cotizaciones e impuestos. Pero no todos tienen la misma consideración legal y tampoco computan igual.
El salario base es fácil de identificar porque es donde se suele concentrar la mayor parte de la cuantía. Pero respecto a los complementos, la cosa ya no está tan clara.
Por eso, en los siguientes puntos, te voy a dar las claves que sepas diferenciarlos y por qué te puede interesar (o no) tener unos u otros.
Los complementos salariales son las cantidades que se suman al salario base porque hay algo en el trabajo, en el perfil o en la propia empresa que justifican poder pagar un poco más de lo que pone en el contrato.
La clave está en que si ese importe de más está retribuyendo el trabajo o las condiciones en las que se presta, entonces es un complemento salarial.
Además, precisamente por ser salarial, cotiza a la Seguridad Social, tributa en IRPF y cuenta para el SMI, las pagas extra y posibles indemnizaciones.
Ya sabes que cada convenio tiene sus peculiaridades, pero la mayoría de los complementos salariales encajan dentro de estos grupos:
Al ser “salariales”, ante la ley se consideran como salario. Por eso:
💡 Y, además, se toman en cuenta para otros cálculos importantes, como la comprobación de si se cumple con el SMI, el cálculo de las pagas extraordinarias, la indemnización por despido, etc.
A menudo se habla de plus y complemento de forma indistinta, como que son lo mismo. Pero no es así.
Con la palabra “plus” se quiere nombrar a ese extra de más en el salario que se cobra por algo. Por eso se suele utilizar para todo, sea salarial o no.
Y eso es precisamente lo que luego lleva a la confusión porque, aunque a nivel de calle se llame a todos pluses, en realidad se está unificando bajo un mismo paraguas a cosas tan diferentes como los complementos salariales y los complementos extrasalariales.
Así que todos los complementos salariales son pluses, pero no todos los pluses son complementos extrasalariales.
Muchas veces, las empresas no quieren incluir en las nóminas complementos salariales por temor a que se convierta en una obligación para siempre con el trabajador, y que algo voluntario se transforme en parte obligada del salario.
Ya sabes que los complementos salariales son otro concepto que retribuye el trabajo y aumenta la cantidad de tu nómina. Ahora hay que añadir otros conceptos sobre este.
Un complemento es consolidable cuando está de manera estable en la nómina, según el convenio, el contrato o, simplemente la práctica de la empresa.
Ser consolidable quiere decir, que no puedes tocarlo o quitarlo sin un motivo. Son los complementos personales, por ejemplo, los trienios.
Es cuando algún concepto se paga de forma continuada y porque sí, que empezó como algo voluntario, sin que hubiera detrás el cumplimiento de unas condiciones específicas.
La pega es que, si se quiere dejar de pagar, el trabajador lo puede exigir, porque lo que al principio era una mejora, ahora al consolidarse, si se quita empeora la condición del trabajador. Por eso tiene la coletilla de “adquiridos en nómina”.
Entonces, para que esto no ocurra (si la empresa no quiere) se tiene que definir muy bien lo que es complemento en el contrato y en el convenio y en que condiciones específicas se cobrará.
Sí, hay complementos salariales obligatorios… y otros que no lo son tanto.
Un complemento salarial es obligatorio si:
Sin embargo, también hay complementos salariales no obligatorios porque la empresa lo da como una mejora voluntaria.
Si los salariales remuneran el trabajo los complementos extrasalariales retribuyen otros conceptos que no son trabajo.
Mejor dicho, son las que ayudan a compensar o indemnizar gastos en los que incurre el trabajador al desarrollar su trabajo:
Y también las indemnizaciones por traslados obligatorio por el puesto de trabajo, despido, etc.
Entonces, como no remuneran trabajo, sino que ayudan con los gastos, no se puede computar de la misma forma en IRPF ni en la Seguridad Social. Y tampoco servirá para otros cálculos (SMI, pagas extra…).
Como todo se ve mucho más claro con un ejemplo, aquí tienes uno completivo.
Imagínate a Marta, una enfermera que trabaja a jornada completa en turno de noche y se rige por su convenio. Además, la han trasladado a un hospital que le pilla bastante lejos de casa.
En este caso observamos que tiene:
A la hora de analizar todos estos devengos puedes ver que:
| Concepto | Tipo | Naturaleza | Importe mensual | ¿Cuenta para SMI / indemnización? |
| Salario base | Salario base | Salarial | 1.200 € | Sí |
| Plus de convenio | Complemento salarial | Salarial | 150 € | Sí |
| Plus de nocturnidad | Complemento salarial | Salarial | 100 € | Sí (salvo que el convenio diga otra cosa) |
| Total percepciones salariales | 1.450 € | |||
| Dietas por desplazamiento | Complemento extrasalarial | No salarial | 120 € | No, compensa gasto |
| Plus de transporte (compensación) | Complemento extrasalarial | No salarial | 80 € | No, compensa gasto |
| Total percepciones extrasalariales | 200 € | |||
| Total devengado en nómina | 1.650 € |
Entonces, esta parte referente a los devengos de Marta en una nómina, quedaría de la siguiente manera:
| Periodo liquidación | 01/10/2025 - 31/10/2025 | Nº días/horas | 30 días |
| DEVENGOSPercepciones salariales | TOTALES | ||
| Salario base | 1.200,00 € | ||
| Complementos salariales | |||
| Plus de Convenio | 150,00 € | ||
| Plus de Nocturnidad | 150,00 | ||
| Horas extraordinarias | |||
| Gratificaciones extraordinarias | |||
| Paga extra junio | |||
| Paga extra diciembre | |||
| Salario en especie | |||
| Dietas por desplazamientoPlus de Transporte | 120,00€ | ||
| 80,00€ | |||
| 2. Percepciones no salarialesIndemnizaciones o suplidos | |||
| 200,00 € |
Siendo finalmente el total devengado (salario bruto) 1.650,00€.
Como ves, no es lo mismo subir el salario base que incrementar un complemento salarial o uno extrasalarial. Cada opción tiene efectos distintos, tanto para la empresa como para la persona trabajadora.
En cualquier caso, ten siempre un profesional de referencia como Openges, para poder realizar las consultas que necesites y que te ayude a comprender tus propias finanzas.