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¿Cuáles son los libros contables obligatorios en 2025?

17 de septiembre de 2025
libros obligatorios contabilidad

Los libros de los empresarios y autónomos no son el últimos best seller. Aquí los libros de los que toca hablar son los libros contables obligatorios que Hacienda exige cuando tienes un negocio.

Pero, eso sí, no basta con tenerlos. Hay que llevarlos al día y que estén perfectamente cuadrados, porque un despiste puede costar muy caro.

Así que voy a explicarte qué libros contables son obligatorios, para qué sirven y cómo organizan la contabilidad de tu empresa, con ejemplos claros y sencillos 😎

¿Qué son los libros contables y para qué sirven?

Los libros contables son los registros oficiales donde se reflejan todos los movimientos fiscales y económicos de la actividad de tu negocio: ingresos, gastos, inversiones, deudas, pagos (todo lo que entra y sale de la empresa).

La importancia de los libros contables está en dos aspectos fundamentales:

  1. El control interno del negocio, ya que gracias a ellos puedes saber en todo momento cómo va tu empresa, qué clientes te deben dinero, cuánto has gastado en proveedores o cuál es tu beneficio real. De esta forma, puedes tomar decisiones basadas en datos y no en intuiciones.
  2. La transparencia frente a Hacienda y el Registro Mercantil. Los libros contables son las herramientas que tiene la Administración de comprobar que efectivamente estás declarando lo que realmente ingresas y gastas. Por eso, si te los pide, debes tenerlos actualizados y ajustados a lo que marca la ley.

La base de todo es el Plan General Contable (PGC) y su plan de cuentas que clasifica, de forma general, todas las operaciones económicas en grupos y subgrupos para que todos los agentes económicos hablen el mismo idioma contable.

Pero, aunque todos los negocios tienen que trabajar de la misma forma en contabilidad, no todos tienen las mismas obligaciones, porque se va a tener en cuenta el tamaño o volumen del negocio, entre otras cosas.

Por eso, un autónomo que se acoge al sistema de módulos no va a llevar su contabilidad de la misma forma que una Sociedad Anónima y, por lo tanto, las versiones de sus libros van a ser un poco diferentes.

Tipos de libros en 2025

Cuando se habla de libros contables, lo normal es pensar que son todos iguales y que solo son para anotar gastos e ingresos. 

Pero, en realidad, esto no es así, porque no todos tienen la misma función ni ofrecen el mismo tiempo de información y, además, responden a exigencias legales diferentes: el Código de Comercio, fiscales y el Registro Mercantil.

Entonces, según esto, existen tres tipos de libros:

  • Los libros contables, que son los que reflejan toda la actividad económica del negocio y se ajustan al Plan General Contable:
    • Libro Diario. Contiene las operaciones del día de forma cronológica.
    • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales. Recoge la información contable del ejercicio, los balances trimestrales y el cierre del ejercicio:
      • Balance inicial.
      • Balances de sumas y saldos trimestrales.
      • Cuentas anuales completas: balance de situación, pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, memoria y, en ciertos casos, el estado de flujos de efectivo del ejercicio con las cuentas anuales.

Estos libros, además de llevarlos de forma actualizada, también tienen que presentarse anualmente en el Registro Mercantil para que se legalicen.

  • Los libros mercantiles. No reflejan operaciones contables, sino la vida jurídica interna de la empresa:
    • Libro de actas para reflejar todo lo ocurrido en las juntas de socios: decisiones, acuerdos, etc.
    • Libro de registro de socios o de acciones nominativas, que identifica a los propietarios de la sociedad, las particiones y los cambios que se produzcan.
    • Libro de contratos con el socio único, cuando la sociedad es unipersonal.

Estos libros también deben registrarse en el Registro Mercantil.

  • Los libros fiscales, estos son los que tienen la información tributaria que exige Hacienda.
    • Para el IVA: libro de factura expedidas, libro de facturas recibidas, libro de bienes de inversión y libro de operaciones comunitarias.
    • Para el IRPF de autónomos: libro de ingresos, libro de gastos, libros de bienes de inversión y libro de provisiones y suplidos.

Estos no se registran, pero sí que conviene guardarlos por si la AEAT te los reclama.

Libros obligatorios vs. libros complementarios

Cuando ya entiendes por qué hay tantos tipos de libros contables en un negocio, puesto que no todos son iguales, empiezas a mirarlos de otra manera y les das la importancia que merecen.

Pero, también debes tener en cuenta que hay unos libros que son absolutamente obligatorios y otros que no lo son tanto.

  • Los libros complementarios, voluntarios o auxiliares no son exigidos por norma, pero sí que son un apoyo muy útil para el control interno del negocio. Aquí entran libros como:
    • Libro de caja para movimientos en efectivo.
    • Libro de clientes y proveedores.
    • Libro de vencimientos para saber qué facturas tienes pendientes de cobrar o pagar.
  • Los libros obligatorios son los que la ley te exige llevar al día y que, si no haces esto, pueden acarrearte sanciones.

Con respecto a estos últimos (los obligatorios), también van a depender de la figura económica que seas, es decir, si eres autónomo o tienes una empresa, pues van a tener que ser coherentes con el tipo de contabilidad que tengas.

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A continuación, te voy a contar cuales son los libros contables que vas a necesitar sí o sí en cualquiera de estos casos.

¿Cuáles son los libros contables obligatorios para los autónomos en 2025?

Si eres autónomo, no hace falta que te diga que, aunque no seas una gran empresa, tienes que llevar tus cuentas claras primero para comprobar la salud de tu negocio y, luego, para cumplir con tus obligaciones legales y tributarias.

Pero, la Administración tiene en cuenta tus circunstancias y, lógicamente, no te va a pedir que lo lleves de una forma tan exhaustiva como si fueras una sociedad, porque tu estructura es mucho más sencilla.

Esto también se va a reflejar en los libros que tienes la obligación de llevar.

Autónomos en estimación objetiva (módulos)

Si estás en el régimen de módulos, tu deber principal es guardar todas las facturas y justificantes de tus operaciones por si algún día te los piden. Pero, Hacienda no te va a obligar a llevar libros contables como tal. 

Aunque, si tu actividad lo necesita, puedes llevar el libro de bienes de inversión o el de ventas e ingresos.

Autónomos en estimación directa simplificada

Es en donde se encuentran la mayoría de los autónomos y los libros que son obligatorios llevar en 2025 son los siguientes.

  • Libro de ventas e ingresos: donde recopilas todas las facturas que emites.
  • Libro de compras y gastos: aquí van las facturas y justificantes de tus gastos.
  • Libro de bienes de inversión: si has comprado bienes amortizables como un ordenador, una furgoneta, maquinaria, etc.
  • Libro de provisiones de fondos y suplidos: este es obligatorio si trabajas en actividades profesionales donde adelantan dinero por tus clientes. Por ejemplo, cuando un abogado paga tasas judiciales en nombre de su cliente.

Autónomos en estimación directa normal

Si facturas más de 600.000 € al año o decides estar en estimación directa normal, tus obligaciones son mayores y vas a tener que llevar la contabilidad completa como una empresa, con Libro Diario y Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.

En cuanto al Libro mayor no es obligatorio, pero sí va a resultar muy útil para el control interno.

Además, hay que mantener los libros fiscales de ingresos, gastos y bienes de inversión como los otros autónomos.

¿Y los libros obligatorios para las empresas y sociedades?

Si resulta que tienes una sociedad, como ya sabes, vas a tener una normativa contable, fiscal y tributaria mucho más compleja y profunda, y eso se va a ver reflejado en el tipo de libro que vas a tener que llevar.

Todas las sociedades mercantiles (SA, SL, SLU, cooperativas, sociedades colectivas, etc.), comparten unas obligaciones contables y mercantiles comunes definidas por el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad. Algunas de ellas son comunes a todas y, otras, son específicas de cada tipo.

Libros comunes en cualquier sociedad

Estos son los que todas deben llevar toda empresa o sociedad, independientemente de su forma jurídica:

  • Libro Diario.
  • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
  • Libro de actas.
  • Libro registro de socios o acciones nominativas.
  • Libros fiscales exigidos por Hacienda: facturas emitidas, facturas recibidas, bienes de inversión y operaciones intracomunitarias (si aplica).

Pero, en el caso de las sociedades civiles o las comunidades de bienes no tienen por qué llevar estos libros porque no son sociedades mercantiles, sino contratos privados.

Libros específicos según el tipo de sociedad

Además de los libros obligatorios anteriores, algunas sociedades van a tener libros obligatorios más específicos, según el tipo de sociedad o entidad que sean.

Tipo de sociedad / entidadLibros específicos obligatorios
SLU (Sociedad Limitada Unipersonal)Libro de contratos con el socio único.
SAU (Sociedad Anónima Unipersonal)Libro de contratos con el socio único.
Sociedad CooperativaLibro registro de socios cooperativistas, Libro de aportaciones al capital social, Libro de actas de Asamblea General y Consejo Rector.
Sociedades Laborales (SAL / SLL)Libro registro de socios trabajadores (para acreditar condición de laboral).
Sociedades Cotizadas (SA en bolsa)Los registros adicionales no son “libros”, sino informes y registros adicionales exigidos por la CNMV.
Sociedad Civil sin objeto mercantilComo no llevan contabilidad mercantil, solo deben tener libros fiscales de IRPF (ingresos, gastos, bienes de inversión y suplidos).
Comunidades de Bienes (CB)Igual que la sociedad civil sin objeto mercantil: solo necesitan los libros fiscales de IRPF.
FundacionesLibro de actas del Patronato, Registro de patronos, Libros contables presentados al Protectorado.
AsociacionesLibro de actas de Asamblea General, Libro registro de socios/miembros, Libros contables según normativa autonómica.

El cuadro de cuentas del Plan General Contable y su relación con los libros obligatorios

El cuadro de cuentas del Plan General Contable (PGC) es como una especie de diccionario contable, ya que lo que hace es clasificar todas las operaciones económicas de un negocio en grupos, subgrupos y cuentas.

El PGC divide las cuentas en nueve grupos:

  1. Financiación básica.
  2. Activo no corriente.
  3. Existencias.
  4. Acreedores y deudores por operaciones comerciales.
  5. Cuentas financieras.
  6. Compras y gastos.
  7. Ventas e ingresos.
  8. Gastos imputados al patrimonio neto.
  9. Ingresos imputados al patrimonio neto.

Cada operación que realices (comprar, vender, pagar a un proveedor, cobrar de un cliente…) tiene que encajar en una de esas cuentas y, de esta forma, se van generando los diferentes libros contables obligatorios que existen.

  • Libro Diario: está cada uno de los movimientos realizados con su fecha, importe y las cuentas que intervienen.
  • Libro Mayor (aunque no siempre obligatorio, sí muy útil): desglosa las cuentas del Diario para que veas todos los movimientos de cada una. Por ejemplo, todos los apuntes de la cuenta “Clientes” o “Banco”.
  • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales: se hace a final de año y resume todo el ejercicio en los balances y cuentas anuales.

El cuadro de cuentas del PGC ordena todo lo que anotas en los libros obligatorios. Si no existiese, cada empresa usaría sus propias categorías y sería un caos. 

Presentación y legalización de los libros contables obligatorios

La obligación de llevar los libros contables no se limita solo a crearlos y mantenerlos actualidades, sino que también implica que se deben de legalizar en los plazos que marca la ley. 

Los libros que deben legalizarse siempre son:

  • Los libros contables mercantiles: Libro Diario y Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
  • Los libros societarios: actas, socios y contratos con socio único (cuando corresponda).

Respecto a los libros fiscales (ingresos, gastos, facturas, IVA, etc.), durante el artículo ya te comenté que no se legalizan en el Registro Mercantil, pero que si necesitas conservarlos por Hacienda le da por pedírtelos.

La manera de legalizar los libros es presentarlos al registro de forma 100% de telemática, según el artículo 18 de la Ley 14/2013, siguiendo los siguientes pasos:

  • Paso 1: se preparan los libros en formato electrónico, generalmente PDF o ZIP, desde tu programa contable.
  • Paso 2: te descargas el software gratuito del Registro Mercantil.
  • Paso 3: suscribirte (o abonarte), si no lo estás hecho, al Registro Mercantil para poder realizar consultas, descargar certificaciones, etc.
  • Paso 4:  elegir la opción de “Presentar Libros” para presentarlos a través de la plataforma del
  • Paso 5: el Registro comprueba el archivo y devuelve un justificante de que han quedado legalizados.

Plazos de presentación y consecuencias de no hacerlo

Una vez que hagas el cierre fiscal de ejercicio, tienes 4 meses para presentar y legalizar los libros como te he dicho:

  • Si cierras a 31 de diciembre, tienes hasta el 30 de abril del año siguiente.
  • Si tu cierre fiscal es durante el año natural, tendrás que contar 4 meses desde entonces.

Por lo tanto, el mejor consejo que puedo darte es que tengas todos los libros al día y estés muy pendiente de la fecha de presentación para que no se te olvide y puedas evitar problemas.

Sanciones por no legalizar los libros contables

Si ahora te estás preguntando qué podría ocurrirte si, por cualquier cosa, se te pasa el plazo o simplemente no legalizases los libros. Estas serían las consecuencias:

  • El Registro Mercantil no puede sancionarte directamente, sin embargo, lo que sí hacer es bloquear trámites importantes de tu sociedad, como inscribir acuerdos o cambios en estatutos.
  • La Agencia Tributaria sí puede penalizarte y no va a ser barato. La Ley General Tributaria establece sanciones que van desde 150 € hasta 6000 €, dependiendo de la gravedad y de si los datos omitidos o inexactos afectan a tus declaraciones (

Además, en caso de inspección, no tener los libros legalizados puede hacer que Hacienda considere tu contabilidad “inexistente” o “no fiable”, lo que significa ajustes de impuestos y multas de las que duelen.

En conclusión, los libros contables obligatorios no son un capricho de Hacienda: son la garantía de que tu negocio está en regla y de que tú controlas lo que pasa con tu dinero. 

Si no quieres perder tiempo en papeleo, deja que un asesor como Openges se encargue de tus libros y tú céntrate en lo importante: hacer crecer tu negocio

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Fiscalidad
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