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Una comunidad de bienes es una forma jurídica que permite a dos o más personas desarrollar una actividad económica de forma conjunta sin necesidad de crear una sociedad mercantil.
Ahora bien, aunque su constitución es “simple”, la fiscalidad de una comunidad de bienes tiene sus particularidades.
En este post te lo voy a explicar todo para que evites problemas con Hacienda 😜
Una de las particularidades más importantes de este tipo de entidad es que la comunidad de bienes no paga impuestos por los beneficios como tal. Es lo que se conoce como régimen de atribución de rentas.
Esto significa que la comunidad funciona como una especie de intermediaria fiscal, calcula el resultado de la actividad, pero quienes tributan realmente son los comuneros en su declaración de la Renta.
¿Cómo es el proceso? Pues primero la comunidad tiene que desarrollar una actividad económica. Al final del ejercicio se calcula el beneficio o pérdida del negocio. Ese resultado se reparte entre los comuneros según el porcentaje de participación que tengan y es cada socio quien declara su parte en su IRPF como rendimiento de actividad económica.
Por ejemplo, si una comunidad de bienes obtiene un beneficio de 40.000 € y está formada por dos socios al 50%, cada comunero declarará 20.000 € en su IRPF.
En una comunidad de bienes, los beneficios no tributan en la propia entidad, sino directamente en los socios. Por eso, la fiscalidad en el IRPF es el punto clave para entender cómo se pagan los impuestos en este tipo de negocio.
Cada comunero debe declarar en su IRPF la parte del beneficio que le corresponda, según el porcentaje de participación establecido en el contrato de la comunidad de bienes.
Durante el año, los comuneros también deben realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF, normalmente mediante el modelo 130.
Estos pagos anticipan parte del impuesto que se regularizará después en la declaración anual de la Renta.
Si la comunidad de bienes tiene pérdidas, estas también se atribuyen a los socios en proporción a su participación. Cada comunero podrá reflejar esa pérdida en su IRPF, lo que puede reducir la base imponible de su declaración.
Es decir, aunque la actividad se realice a través de una comunidad de bienes, quienes realmente tributan por los beneficios son los comuneros en su IRPF, como si cada uno desarrollara la actividad por su cuenta.
Aunque los beneficios de una comunidad de bienes se reparten entre los comuneros para tributar en el IRPF, la gestión del IVA sí se realiza a través de la propia comunidad. Es decir, la comunidad de bienes actúa como sujeto pasivo del IVA frente a Hacienda.
La comunidad de bienes debe emitir facturas con IVA a sus clientes, deducir el IVA soportado en sus gastos y presentar las declaraciones correspondientes.
Para hacerlo correctamente tiene que declarar los siguientes modelos:
En estas declaraciones se calcula la diferencia entre el IVA repercutido y soportado. Si el IVA repercutido es mayor que el soportado, la comunidad deberá ingresar la diferencia a Hacienda. Si ocurre lo contrario, podrá compensarlo en declaraciones posteriores.
En una comunidad de bienes, las facturas no se emiten a nombre de los socios, sino a nombre de la propia comunidad. Aunque los comuneros sean quienes tributan por los beneficios, la actividad económica se desarrolla bajo la comunidad, que es quien factura a los clientes.
Esto significa que todas las facturas deben incluir los datos fiscales de la comunidad de bienes.
El pago de las facturas debe realizarse a la cuenta bancaria de la comunidad de bienes, no a la cuenta personal de uno de los socios. Esto ayuda a mantener una correcta separación entre la actividad del negocio y las finanzas personales de los comuneros.
Una de las principales diferencias entre una comunidad de bienes y una sociedad limitada está en el Impuesto sobre Sociedades. Y no, una comunidad de bienes no paga Impuesto sobre Sociedades.
Esto ocurre porque la comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica propia a efectos fiscales, por lo que no tributa como entidad independiente.
Las comunidades de bienes deben presentar determinados modelos informativos y de liquidación de impuestos relacionados con la actividad que desarrolla.
Los modelos concretos dependen del tipo de actividad, de si tiene trabajadores o de si realiza operaciones sujetas a retención. No obstante, voy a dejarte una lista de los modelos fiscales más habituales:
El más importante para ti como comunero será el 184 de atribución de rentas ya que será con este modelo con el que Hacienda comprobará si es correcto lo declarado en el IRPF.
No tener bien organizada la parte fiscal de una comunidad de bienes, pueden existir errores en las declaraciones, problemas con el reparto de beneficios o incluso sanciones fiscales.
Si estás pensando en crear una comunidad de bienes, o ya tienes una y quieres asegurarte de que todo esté bajo control, Openges está hecho para ti. Sus asesores rebeldes del papeleo gestionarán todo lo que tu negocio necesita para respirar 🙌